¿CUANDO SE INTERRUMPEN LAS VACACIONES?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 1 abril, 2019
Actualizado 2019/04/01 at 8:43 AM

A lo largo del disfrute de las vacaciones, y que se presente una eventualidad con el trabajador ¿cómo sabemos si las vacaciones continúan o se ven interrumpidas, ¿hasta tanto no cese dicha eventualidad? Pues bien, el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 188 reza lo siguiente:

Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas”.

El artículo hace referencia y es claro en establecer, que en los casos en los cuales medie justificación, y se vea afectado el disfrute de las vacaciones, el trabajador no perderá el derecho a reanudar sus vacaciones. Por ejemplo, una incapacidad o licencia de luto debidamente comprobada.                                                                                     

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