En este punto se hará referencia a lo que las personas normalmente interpretan como explotación laboral, en la mayoría de ocasiones los trabajadores manifiestan sentirse explotados respecto de la jornada laboral, los salarios bajos o inferiores al mínimo, el no pago de prestaciones o de seguridad social, en atención a estos ejemplos es necesario indicar que en Colombia ninguno de estos hechos son delitos o están tipificados en el código penal, no obstante lo anterior si pueden ser sancionados de forma económica.
En conclusión si usted incurre como empleador o sufre como trabajador cualquiera de los hechos anteriormente escritos si bien no están constituidos como delitos si son susceptibles de quejas o demandas laborales para las sanciones económicas.