¿ES EL CONTRATO SINDICAL UNA MODALIDAD DE TERCERIZACION ILEGAL?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 16 abril, 2019
Actualizado 2019/04/16 at 9:15 AM

El contrato sindical, es una de las modalidades de tercerización que la normatividad laboral en Colombia permite, y una de las cuales hay presenta mayor conflicto al vulnerar las condiciones mínimas de los trabajadores, por lo cual, esta modalidad se presumirá legal siempre y cuando se establezca dentro de los parámetros que lo regulan. Esta figura se encuentra establecida dentro del Código Sustantivo del Trabajo, y artículo 482. Reza su definición de la siguiente manera: Se entiende por contrato sindical el que celebren uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios {empleadores} o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados. Figura netamente legal a los ojos de la normatividad laboral, no obstante, dicha figura es utilizada de manera tal, en la cual se reduzcan las condiciones laborales de los trabajadores, se desaparezcan los sindicatos y se use la intermediación laboral, correspondiendo entonces esta actividad a una tercerización netamente ilegal.

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