En primera instancia se precisa que el RUNEOL, tiene como objetivo principal, llevar el registro de las entidades operadoras de libranza o descuento directo, que a su vez cumplan con los requisitos conforme al código único de reconocimiento que se tiene a nivel nacional.
Conforme a lo anterior, pueden ser operadores, los patrimonios autónomos, fiducia mercantil, asociaciones mutuales, asociaciones gremiales de pensionados, fondos de empleados, cooperativas, sindicatos, sociedades comerciales, entre otros. Conforme a ello la entidad competente para llevar el correspondiente registro son, las Cámaras de Comercio, de conformidad a lo establecido en la ley 1753 de 2015, articulo 143.
Por otra parte, las sociedades comerciales, mutuales, las cooperativas y los institutos de fomento y desarrollo, deben como requisito fundamental, especificar en su objeto social la realización de operaciones de libranzas, especificar de manera clara el origen licito de los recursos y cumplir con los demás requisitos establecidos por la ley, para cumplir a cabalidad con las condiciones del registro.
Dra. Paola Páez
Actualidad Jurídica Empresarial