¿EL EMPLEADOR PUEDE PACTAR INTERESES SOBRE LOS PRÉSTAMOS OTORGADOS AL TRABAJADOR?

Alberto Jaramillo Polo
Alberto Jaramillo Polo 31 mayo, 2019
Actualizado 2019/05/31 at 9:22 AM

El Código Sustantivo del Trabajo solo permite expresamente al empleador cobrar intereses por los préstamos que otorgue al trabajador para adquirir vivienda, el empleador y trabajador si pueden pactar intereses sobre préstamos concedidos para adquirir otro tipo de bienes.

Por lo cual la Corte Suprema de Justicia indicó que cuando el empleador y el trabajador suscriben acuerdos con cláusulas, a través de los cuales acuerdan intereses por préstamos, que frente a las condiciones normales de la banca y del comercio redundan en beneficios para el trabajador, y que su desarrollo  y cumplimiento no evidencian ninguna clase de abuso, no se está de ninguna manera quebrantando los principios protectores establecidos a favor de los mismos, razón por la cual no es ineficaz una cláusula concedida bajo tales parámetros.

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