Es obligación de todo empleador otorgar las licencias o permisos remunerados a los trabajadores para que ejerzan su derecho a sufragio y la participación político-democrática. Adicionalmente y una vez el trabajador haya votado y cuente con el certificado electoral, también tendrá derecho a una licencia de descanso remunerada de medio día.
Son dos
licencias remuneradas, una para que ejerza el trabajador el derecho al sufragio
cuando así lo requiera, y otro una licencia de descanso remunerada de medio día
si el trabajador aporta al empleador el certificado electoral de votación.