LICENCIA OBLIGATORIA POR PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA Y DESCANSO REMUNERADO POR CERTIFICACIÓN ELECTORAL

Alberto Jaramillo Polo
Alberto Jaramillo Polo 12 junio, 2019
Actualizado 2019/06/12 at 5:35 PM

Es obligación de todo empleador otorgar las licencias o permisos remunerados a los trabajadores para que ejerzan su derecho a sufragio y la participación político-democrática. Adicionalmente y una vez el trabajador haya votado y cuente con el certificado electoral, también tendrá derecho a una licencia de descanso remunerada de medio día.

Son dos licencias remuneradas, una para que ejerza el trabajador el derecho al sufragio cuando así lo requiera, y otro una licencia de descanso remunerada de medio día si el trabajador aporta al empleador el certificado electoral de votación.

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