CAMBIO DE PATRONO O SUSTITUCIÓN PATRONAL

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 9 julio, 2019
Actualizado 2019/07/10 at 10:54 AM

En Colombia la sustitución patronal se da cuando se produce un cambio de empleador por cualquier causa, generalmente esta se da por cambio de dueño o cambio de administración en la empresa y aun así subsiste la identidad del establecimiento y su objeto social.

Las Altas Cortes han indicado que los requisitos para que se configure la sustitución patronal son:

–          El cambio de un patrono por otro.

–          La continuidad del objeto social de la empresa o de la identidad del establecimiento.

–          La continuidad de la prestación de servicios personales del trabajador a la empresa mediante el mismo contrato de trabajo.

Así las cosas el nuevo empleador asume todas las obligaciones que el anterior tenía con sus trabajadores esto en razón a que la sustitución patronal no altera ni modifica los contratos de trabajo tal y como se establece en el artículo 67 y subsiguientes del Código Sustantivo del Trabajador.

En suma a lo anterior es de importancia recordar que tanto el antiguo como el nuevo empleador responden solidariamente por las obligaciones prestacionales y de seguridad social que se adeuden a los trabajadores en el momento de la sustitución.

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