Existe la posibilidad de ser requerido como empleador para una diligencia de conciliación ante el Ministerio del Trabajo, donde de entrada como empleador es necesario comparecer ya que si no se asiste puede ser sujeto de sanciones e investigaciones por la entidad administrativa y encargada de vigilar el cumplimiento de las obligaciones patronales.
En esta diligencia se buscar evacuar un futuro conflicto o desacuerdo entre el empleador y trabajador, donde ambas partes demostraran sus intereses y si voluntad de conciliación, sacrificando intereses que no se encuentren reconocidas como derechos ciertos e indiscutibles.
No obstante, y la conciliación es fallida se puede intentar un acuerdo extraprocesal o estar a la esperar de una posible demanda. Esta conciliación puede interpretarse como una advertencia de un litigio y por lo tanto se debe ir recaudando las pruebas que demuestren el cumplimiento de las obligaciones patronales o las causas de exoneración de las mismas.
DANIEL MOLINA MUÑOZ
Asesor Jurídico Empresarial.