AUXILIO DE TRANSPORTE EN APRENDICES SENA

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 19 julio, 2019
Actualizado 2019/07/19 at 1:31 PM

La figura del contrato de  aprendizaje se encuentra contemplada  en la ley 789 del 2002, y que si bien es cierto es una figura establecida por la legislación laboral, esta disposición es especial y permite que las empresas, puedan vincular a estudiantes SENA dirigida al cumplimiento de las políticas públicas, no obstante es importante recalcar que por ningún motivo se trata de un contrato de trabajo y que todas las disposiciones, obligaciones y derechos contenidas en el Código Sustantivo de trabajo, no aplicarán de ninguna manera a quienes se encuentren vinculados mediante contrato de aprendizaje.

Es decir que en el caso que nos respecta, no es obligación que la empresa deba pagar el auxilio de transporte, teniendo en cuenta que esta es una obligación establecida a los empleadores, situación que no aplica al contrato de aprendizaje, al no mediar un contrato de trabajo.

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