USUARIOS DEL SERVICIO POSTAL TIENEN LA FACULTAD DE ELEVAR SUS QUEJAS ANTE EL MINTIC

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 23 julio, 2019
Actualizado 2019/07/23 at 11:25 AM

Para iniciar, es oportuno señalar que Ley 1369 de 2009 por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales establece lo siguiente:

(…Articulo N° 2: Objetivos de la Intervención del Estado. La intervención del Estado en los servicios postales tendrá los siguientes objetivos: 1. Asegurar la prestación eficiente, óptima y oportuna de los servicios postales. Ley 1369 de 2009 2/37 2. Asegurar la prestación del Servicio Postal Universal. 3. Garantizar el derecho a la información y a la inviolabilidad de la correspondencia. 4. Asegurar que las tarifas permitan recuperar los costos eficientes de prestación del servicio y que reflejen los distintos niveles de calidad ofrecidos por los Operadores Postales. 5. Promover la libre competencia y evitar los abusos de posición dominante y las prácticas restrictivas de la competencia. 6. Estimular a los Operadores a incorporar los avances tecnológicos en la prestación de los servicios postales. 7. Sancionar las fallas en la prestación de los servicios y el incumplimiento de la normatividad vigente. 8. Facilitar el desarrollo económico del país…)

Articulo N° 3: Definiciones. Para todos los efectos, se adoptan las siguientes definiciones: 1. Servicio Postal Universal. Es el conjunto de servicios postales de calidad, prestados en forma permanente y a precios asequibles, que el Estado garantiza a todos los habitantes del territorio nacional con independencia de su localización geográfica a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo.

Ahora bien, complementario a lo anterior el artículo 30 de la mencionada Ley establece que:

(….Artículo 30. Responsabilidad de los Operadores Postales. Los envíos postales una vez recibidos por el Operador Postal y en tanto no lleguen al destinatario, serán responsabilidad del Operador Postal y este responderá por incumplimiento en las condiciones de prestación del servicio postal o por pérdida, expoliación o avería del objeto postal mientras no sea entregado al destinatario o devuelto al remi- Ley 1369 de 2009 27/37 tente, según sea el caso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de esta ley…)
Es pertinente recordar que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones fijará la política general de los Servicios Postales, dentro del marco general de la Política de Comunicaciones no olvidando que, el usuario deberá agotar la queja inicialmente ante la entidad y de ser negativa su solicitud, deberá solicitar se eleve al superior jerárquico para lo de su competencia, sin olvidar las facultades administrativas que ostentaría la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO delegatura de Protección al consumidor.

Luis E. Naranjo
Asesor Legal

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