El artículo 36 de la ley 100 de 1994, reglamento la edad y tiempo de servicio para los pensionados a partir del 01 de abril de 1994, estipulando que los hombres que contar con 60 años de edad y las mujeres con 55 años de edad hasta el 31 de diciembre de 2014 tendrían derecho a la pensión con estas edades y a partir de esta fecha se incrementarían dos años esto quiere decir que los hombres se pensionaran a los 62 años de edad y las mujeres a los 57 años de edad, adicional a esto establece que al momento de la entrada en vigencia de la presente ley las personas debían contar con una serie de requisitos para poder ser pensionados con las leyes anteriores, los hombres debían contar con 40 años de edad y las mujeres con 35 años o 15 años o más de servicio cotizados, continuando en el tiempo en el acto legislativo 01 de 2005 adicionaron otro requisito o condición para que las personas pudieran seguir conservando su derecho a pensión y establecieron que para la entrada en vigencia de este acto legislativo las personas debían contar con 750 semanas de cotización.
Esto quiere decir que para saber si tienen derecho a estar en el régimen de transición deben hacerse estas 3 preguntas:
- ¿Al 01 de abril de 1994 usted contaba con 15 años de servicio o con 35 años de edad si es mujer o 40 años de edad si es hombre?
- ¿Al 29 de julio de 2005 usted contaba con 750 semanas de cotización?
- ¿Al 31 de diciembre de 2014, usted contaba con los requisitos para pensión que son 55 años de edad si es mujer y 60 años de edad si es hombre y 1000 semanas de cotización?
Si usted cumple con todos los requisitos anterior mente expuestos es beneficiario del régimen de transición de lo contrario para poder obtener su pensión actualmente debe contar con 62 años de edad si es hombre o con 57 años de edad si es mujer y 1.300 semanas cotizadas.