Este es el primer requerimiento mediante el cual la UGPP nos informa los periodos de fiscalización que fueron revisando, no obstante solo nos informa que debemos verificar el IBC declarado y con base en eso si los ingresos fueron más debemos realizar la correspondiente modificación,
Por lo anterior, primero se debe revisar bien el requerimiento que envía la UGPP, posterior a ello debemos enviar toda la información allí solicitada a dicha entidad por lo que se recomienda que se realice la radicación de manera física en las instalaciones de la UPP de correspondencia, asi mismo se debe dar contestación con base en los formatos de Excel indiciados para dicho trámite en los términos y tiempos solicitados. De no hacerlo esto pueda acarrear sanciones difíciles de subsanar o conciliar o si no se contesta viene el siguiente requerimiento.
Asi las cosas, debemos dar la correspondiente respuesta a la UGPP citando el número de proceso y aportar los documentos que puedan permitir a la UGPP que el IBC reportado fue el real y no se fueron percibidos más ingresos por ello.
Dra. Paula Tiusaba Robayo
Actualidad Jurídica Empresarial