Este es uno de los requerimientos posteriores al requerimiento de información, en este la UGPP nos informa en detalle los periodos de fiscalización que fueron revisados, con el cual se PROPONE al aportante que Declare y/o Corrija, la autoliquidación y pago de los aportes al Sistema por haber incurrido en conductas de: omisión, inexactitud o mora.
Asi las cosas, mediante este la UGPP lo requiere para que se sirva declarar o modificar las cotizaciones de los respectivos aportes los cuales fueron cancelados en indebida forma de conformidad con lo que la misma entidad aporta en archivos tales como archivos adjuntos en Excel.
Asi las cosas, debemos dar la correspondiente respuesta a la UGPP citando el número de proceso y aportar los documentos que puedan permitir conocer a la UGPP que el IBC reportado fue el real y no se fueron percibidos más ingresos a los reportados como salariales, el termino que tenemos para contestar es de 3 meses contados a partir de la fecha de notificación de la correspondiente Resolución.
Dra. Paula Tiusaba Robayo
Actualidad Jurídica Empresarial