¿SE PUEDE DESPEDIR A UN TRABAJADOR POR FALTAR UN DÍA?

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 30 agosto, 2019
Actualizado 2019/08/30 at 1:41 PM

Diariamente nuestros usuarios nos consultan si la falta a trabajar por parte del trabajador es una justa causa para terminar la relación contractual, al respecto es importante resaltar que el numeral 4 del artículo 60 del código sustantivo del trabajo indica:

“4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del patrono, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar del trabajo”

En el mismo sentido, el numeral 6 del artículo 62 de la misma normativa, indica que:

“6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.”

De conformidad con la norma transcrita, el Reglamento Interno de Trabajo debe contener como falta el ausentarse del sitio de trabajo sin previa autorización del empleador, en el mismo sentido debe tenerse en cuenta que ante una terminación de contrato motivada por la inasistencia del trabajador, el empleador debe demostrar el “grave perjuicio” que se le ocasiono, ya que, de no hacerlo, el despido puede ser declarado como como injustificado.

Así las cosas, cuando un trabajador falte a laborar, se debe iniciar el proceso disciplinario, a fin de respetar el derecho al debido proceso; si este no justifica la inasistencia se deberá imponer las sanciones previstas en el reglamento interno de trabajo.

Por: Jenny Portillo

Jurídico 1

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