¿QUIÉN DEBE RENDIR TESTIMONIO CUANDO SE REQUIERE POR PARTE DE UNA PERSONA JURÍDICA?

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 30 agosto, 2019
Actualizado 2019/08/30 at 1:19 PM

El Código General del Proceso estableció las diferentes formas para acreditar el suceso de un hecho en una demanda, esto, con el fin de hacer valer las pretensiones que se solicitan en una demanda, dentro de las diferentes maneras se tiene como tal los interrogatorios de partes, los documentos simples, documentos auténticos, testimonios, peritazgos y otros adicionales.

Ahora bien, en ocasiones se requiere el pronunciamiento a título de testimonio por parte de personas jurídicas como ente ficticio el cual no se puede manifestar por sí mismo, por lo tanto, es el representante legal que deberá informar sobre los hechos y responder las preguntas que se le realicen en el marco del proceso judicial, para lo cual deberá documentarse y realizar la investigación correspondiente para marcar una respuesta de la compañía que representa.

No obstante todo lo anterior, las inquietudes o preguntas que se realicen deben responderse de forma concreta con la realidad como acontecieron los hechos que se pretenden hacer valer frente a las consideraciones del juez.

DANIEL MOLINA MUÑOZ

Asesor Jurídico Empresarial.

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