Inicialmente recordemos que la autorización de tratamiento de datos personales es el consentimiento que da cualquier persona para que las empresas o personas responsables del tratamiento de la información, puedan utilizar sus datos personales.
Para que esto se pueda hacer, la persona natural o jurídica responsable del tratamiento de los datos debe adoptar procedimientos internos para solicitar la autorización al titular, a más tardar en el momento de la recolección de su información. La ley es clara cuando asegura que es necesario “el consentimiento previo, expreso e informado del titular”, es decir, que el dueño de la información apruebe y sepa para qué y cómo se utilizará dicha información. Además, tal autorización debe estar disponible para consultas posteriores.
No obstante lo anterior, existe una excepción a la anterior disposición regulada por la ley 1581 de 2012, y es cuando no es necesario la autorización para el tratamiento de datos personales, correspondiendo a los siguientes casos:
- Cuando la información es requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
- En caso de hacer tratamiento de datos de naturaleza pública.
- Casos de urgencia médica o sanitaria.
- Para el tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos.
- Cuando se trata de datos relacionados con el Registro Civil.
María Camila Pulgarín
Asesora Legal Empresarial