Empresas deben carnetizar a sus trabajadores en virtud del SG-SST

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 4 diciembre, 2019
Actualizado 2019/12/04 at 3:00 PM

Como primera medida, debemos tener en cuenta que, el DECRETO 1072 del 2015 reglamento en tema en mención determinando el nombre como SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST) siendo una actividad multidisciplinaria dirigida a proteger y promover la salud de los trabajadores mediante la prevención y el control de enfermedades y accidentes, y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y seguridad en el trabajo. Además, procura generar y promover el trabajo sano y seguro, así como buenos ambientes y organizaciones de trabajo; realizar el bienestar físico, mental y social de los trabajadores y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento de su capacidad del trabajo.

Ahora bien, en virtud del SG-SST es obligación por parte de las diferentes compañías en Colombia efectuar una debida identificación de sus trabajadores, para lo cual dichos documentos deben cumplir con los siguientes ítems:

1- NOMBRE DEL TRABAJADOR
2- DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN
3- CARGO O DEPENDENCIA
4- RH DEL TRABAJADOR
5- ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES ARL
6- NOMBRE DL EMPLEADOR
7- INFORMACION DE PERDIDA DEL DOCUMENTO

De conformidad con lo anterior le informo que el carné debe cumplir con los requerimientos que exige la normatividad vigente y lo establecido para el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo SSSGT.

Luis E. Naranjo Corredor
Asesor Legal Empresarial

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