En la elaboración de pactos, acuerdos o contratos, las partes pueden fijar diferentes aspectos, tales como plazos, condiciones, obligaciones, multas, sanciones, terminación del contrato y entre otros la indemnidad a fin de consagrar los diferentes intereses de las partes que integran el negocio jurídico.
La cláusula indemnidad responde al deber que se tiene de realizar las acciones de reparación de los daños ocasionados dentro de la relación civil o comercial a la contraparte o a terceros afectados, teniendo como el derecho de daños el lucro cesante o daño emergente generado, además de la reparación a quien fue afectado.
Resulta importante en la ejecución de los contratos consagrar dicha cláusula, sin embargo, la responsabilidad civil debe ser decretada judicialmente, esto sin que pueda ser objeto de transacción entre los interesados.
Daniel Molina Muñoz.
Asesor jurídico.