¿CÓMO SE DEBE REALIZAR LA PRÓRROGA DEL CONTRATO CIVIL Y/O COMERCIAL DESPUÉS DE LA FECHA DE FINALIZACIÓN O PLAZO PACTADO?

Juan Gomez Galeano
Juan Gomez Galeano 27 enero, 2020
Actualizado 2020/01/27 at 5:28 PM

El contrato en definición es el acuerdo de voluntades mediante el cual una persona se compromete frente a otra a una obligación de dar, hacer o no hacer, por lo cual, dentro del mismo documento las partes pueden definir aspectos en relación al plazo o duración del contrato, para lo cual, existe la voluntad, sin dejar de lado que las obligaciones perpetuas no son aplicables en material contractual.

Ahora bien, teniendo en cuenta que dentro del contrato celebrado se pueden pactar un plazo pactado, este puede ser objeto de modificación en su reducción o ampliación, sin embargo, en ocasiones las partes para formalizar la ejecución de las obligaciones luego del plazo que se acordó suscriben documentos con fecha anterior a la formalización, por lo que resulta importante en términos generales reconocer la gestión de las partes fuera de plazo pactado.

Es importante que dentro de los documentos que se lleguen a celebrar ya sea contratos o documentos anexos, este resulte  a la realidad y voluntad de las partes, sin dejar de lado que la figura de la prórroga automática responde en términos generales al contrato laboral a término fijo o el contrato de arrendamiento.

Daniel Molina Muñoz.

Asesor jurídico.

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