QUE ES LA OMISIÓN Y CÓMO PROCEDER ANTE UN REQUERIMIENTO DE LA UGPP

Camilo Andres García Bejarano
Camilo Andres García Bejarano 30 septiembre, 2020
Actualizado 2020/09/30 at 2:31 PM

Es preciso indicar que una vez la UGPP identifique indicios de omisión en la liquidación de sus aportes al Sistema de la Protección Social SPS- a través de la planilla integrada de liquidación de aportes –PILA, con base en los cruces de diferentes fuentes de información oficial, respecto de sus trabajadores a cargo por un periodo determinado, automáticamente se requerirá a su compañía para que corrobore y analice la configuración de esta probable sanción. Sin embargo, es importante indicar en que este evento se configura con dos situaciones, la primera entorno a la omisión en la afiliación y la segunda es omisión por la vinculación, así las cosas, me permito citar a continuación la forma en que surte este tipo de situaciones.

  • Es el incumplimiento de la obligación de afiliar a sus empleados a uno o varios de los subsistemas que integran el SPS y, como consecuencia de ello no declaró ni pagó las contribuciones parafiscales, incumpliendo con las disposiciones legales vigentes.
  • Consiste en no reportar la novedad de ingreso a una administradora del Sistema de la Protección Social cuando se está obligado y, como consecuencia de ello no pagó los aportes respectivos.

Sin embargo, al momento de darle el trámite correspondiente a este requerimiento será necesario que se revisen que los aportes al SPS se hayan realizado para los meses en los que estuvo vinculado laboralmente, durante el periodo determinado. En caso de presentar alguna omisión al momento de la verificación es importante realizar las correcciones y los pagos pendientes, a través de la planilla integrada de liquidación de aportes – PILA. De esta manera, solicitar ante el operador la planilla N y efectuar los aportes pendientes de los subsistemas.

Share this Article