No estamos exentos de que un trabajador pueda sufrir un accidente mortal durante el desarrollo de sus funciones, es por esto que surge la inquietud sobre, cómo debe proceder la empresa en estos casos. Como primera medida es oportuno informar que la normativa que regula la materia de consulta es la Ley 1562 de 2012, la cual establece la obligatoriedad de notificar el accidente de trabajo en un tiempo máximo de 2 días luego de ocurrir el suceso.
En el caso de un accidente, la compañía debe diligenciar el formato único de reporte de accidente de trabajo, a través de la Subdirección de Gestión del Talento Humano apoyado por el área de Seguridad y Salud en el Trabajo establecida por la compañía. El reporte debe incluir un relato completo y detallado de los hechos relacionados con el accidente. Lo anterior de conformidad con la inspección realizada al sitio de trabajo y las versiones de los testigos, involucrando todo aquello que se considere relevante o que aporte información para establecer las causas específicas del accidente.
En relación al proceso de investigación, la persona designada por la Subdirección de Gestión de Talento Humano, mediante la estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo, se encargará de realizar un informe detallado en cuanto al modo, tiempo y lugar estando en compañía de un representante de Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo y el jefe inmediato de la víctima. Para elaborar este reporte contarán con un término de 15 días calendario, dentro de este proceso investigativo se desarrollarán etapas pertinentes como lo es revisar el área, equipos y/o elementos involucrados en el accidente, tener contacto con los testigos oculares, analizar la causalidad del hecho, entre otros.