¿Cómo procede la publicidad exterior visual (PEV) en vehículos de transporte de productos o prestación de servicios?

Georlleth Jaramillo Pineda
Actualizado 2024/03/20 at 10:26 AM

En primera instancia, procedemos a explicar que la publicidad exterior visual es un medio de comunicación de carácter masivo mediante el cual se busca captar la atención del público a través de elementos visuales, ya sea de manera permanente o temporal.

Ahora bien, en cuanto a los transportes que prestan servicios públicos, de acuerdo con la resolución del Ministerio de Transporte 3019 de 2010, se prohíbe explícitamente la publicidad exterior visual en vehículos de transporte público. Esta resolución establece la obligación de los alcaldes de otorgar la autorización a través de un órgano competente, en este caso, la Secretaría de Ambiente. Esta misma secretaría es competente para otorgar la autorización a los transportes de carácter privado.

Dicho esto, aunque no existe una prohibición directa para las empresas privadas, estas deben cumplir con requisitos específicos establecidos por la Secretaría de Ambiente en cuanto a la publicidad exterior visual (PEV) en vehículos de transporte de productos o prestación de servicios.

Por lo tanto, para llevar a cabo la publicidad exterior visual en los vehículos de transporte de productos o prestación de servicios, es necesario cumplir con los requisitos que establece la comunicación emitida por la Secretaría de Ambiente en estos casos. Esto implica realizar una solicitud de registro peticionario que cumpla con los pasos y elementos necesarios para que la solicitud sea presentada de manera completa y acorde a la normativa vigente.

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