Cambios en los contratos de prestación de servicios con entidades públicas

Redacción Jurídica
Redacción Jurídica 28 enero, 2023
Actualizado 2023/01/28 at 11:35 AM

El Gobierno nacional, mediante la Circular Conjunta No. 100-005-2022, con el fin de formalizar el empleo en el sector público, estableció nuevos parámetros y obligaciones para las entidades que vinculen personal a través de contratos de prestación de servicios.

Con el fin de racionalizar el uso de los contratos de prestación de servicios en la administración pública, la circular señala en su numeral 3 que la duración de la contratación será por máximo 4 meses. En este plazo, la entidad debe realizar estudios técnicos para elaborar una nueva planta de personal que le permita satisfacer sus necesidades funcionales. El plazo de cuatro meses no aplicará para contratos de prestación de servicios con personas jurídicas, y los que se celebren para satisfacer actividades que no sean permanentes dentro de la entidad.

Este es el cambio más importante que trae el proyecto de formalización del empleo público y que pretende disminuir el número de prestadores de servicios, vinculándolos directamente como personal de planta dentro de las entidades de la rama ejecutiva del poder público. Actualmente, en algunas instituciones públicas, el número de contratistas supera al número de funcionarios.

Si bien la circular ya fue expedida y tiene efectos desde el primero de enero de 2023, la Procuraduría General de la República ha sugerido al Gobierno nacional que se extienda la posibilidad de celebrar contratos de prestación de servicios hasta el 31 de diciembre de este año, a fin de que la formalización laboral se realice de forma progresiva y que las entidades públicas puedan contar con las apropiaciones presupuestarias necesarias para adelantar los estudios técnicos y la ampliación de planta de personal.

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